El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:
1º.- Que conforme a lo acordado por auto de fecha 30/12/14 se ha declarado:
- La Conclusión del Concurso Voluntario de la mercantil KROMA TELECOM, S.L., seguido bajo el número de autos 43/14, por inexistencia de Bienes y derechos con los que integrar la masa activa del concurso.
- El cese del régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
Madruid, 8 de enero de 2015.- La Secretaria Judicial.
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