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Documento BOE-B-2015-17747

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 2015, páginas 24698 a 24698 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-17747

TEXTO

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 247/2015 en el que se ha dictado con fecha 25 de marzo de 2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad Aykos Europe, S.A., con CIF A64684418, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8008232.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada.- Aykos Europe, S.A con domicilio en Av. Josep Tarradellas, n.º 38, de Barcelona.

Administrador Concursal: D. Salvador Bertrán Codina en representación de Eve Administración Concursal, S.L.P., con domicilio en calle Pau Claris n.º 157, 2.º 2.ª, de Barcelona, con correo electrónico eve@eveac.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento de los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 27 de marzo de 2015.- El Secretario Judicial.

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