Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,
Anuncio: Que en este Juzgado se ha dictado Auto en fecha 27 de noviembre de 2014, en el Procedimiento n.º 959/14 seguido en este Juzgado a instancia del Procurador Don Miguel Torres Álvarez, en nombre y representación de PARROT BUILDING, S.L., acordando:
1. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor PARROT BUILDING, S.L., con CIF B84234764.
2. El deudor PARROT BUILDING, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
3. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la Conclusión del Concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176. bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a) se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
b) firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE;
c) se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución.
Y para que sirva de publicación en forma, se expide el presente en
Madrid, 11 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
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