Edicto
D./D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretario/a Judicial de Juzgado Mercantil de Muria, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección declaración de concurso 252 /2015 y NIG n.º 30030 47 1 2015/0000534, se ha dictado en fecha 18/5/15, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Motiva Interactiva, S.L., con C.I.F. B-73116212, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Manuel Pintor Avellaneda, n.º 1, 3.º D, 30001-Murcia.
2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Acomur Texnos Consultores, S.L.P. con C.I.F. B-73045395 con domicilio social en Plaza Camachos, n.º 9, bajo, 30.009, Murcia, tlf. 968222132, y dirección de correo electrónico acomurayuso@yahoo.es a fin de que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, quien en virtud del art. 30 de la Ley Concursal ha designado como persona natural que haya de representarla en el ejercicio de su cargo al Economista D. Antonio Ayuso Márquez, con D.N.I. 22.456.444-A.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.
5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica http://oficinajudicialmurcia.es
6.º La concursada ha solicitado la liquidación. Habiéndose acordado su tramitación conforme lo establecido en el art. 191 ter, queda a disposición el plan de liquidación presentado por el deudor en esta oficina judicial para en el plazo de diez días desde el siguiente a la publicación del edicto, los acreedores puedan realizar alegaciones.
En Murcia a, 28 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.
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