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Doña Cristina María Valero, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de Acreedores núm. 001534/2012, habiéndose dictado en fecha 23/04/15 por el Ilmo/a. Sr/a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
PARTE DISPOSITI VA
Se decreta la conclusión del concurso concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 001534/2012 promovido por el Procurador Sr/a Vicente Bezjak, Raul, en nombre y representado: de la mercantil ADAPTING, S.L., y el ARCHIVO de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con lo que satisfacer a los acreedores.
Se acuerda él cese de las limitaciones de las facultades de administración disposición del deudor.
Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Lo acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura de concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Santiago Guillen Grech con dni n° 29.197.753N, revocando las autorizaciones otorgadas en e procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la extincion de la mercantil ADAPTING SL, con cif. B96822119, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia va que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27 de enero de 2015.
Dése a la presenté resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.DX. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al Procurador de la concursada Vicente Bezjak Raúl, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días, a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos
Llévese el original al libro de autos definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese trestimonio de esta resolucion a la seccion 2a del Concurso.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( art.177.1 LC).
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr. D. José María Cotillas Torns, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.
Valencia, 23 de abril de 2015.- El Secretario judicial.
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