Yo, Pilar García Hernández, Notario del Ilustre Colegio de las Islas Canarias con residencia en La Orotava,
Hago saber: Que ante mí se está tramitando procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, a requerimiento de la entidad "Caixabank, Sociedad Anónima", de la siguiente finca:
I.- Descripción: Número siete: vivienda dúplex señalada con la sigla E-7, en el edificio enclavado en la parcela 5 de la unidad de actuación B-20, hoy calle Álvaro Hernández Díaz, número 3, puerta 7-E, en el término municipal de La Orotava, pago de La Perdoma, en solar que mide ochenta y cuatro metros con un decímetros cuadrados, con una superficie total construida de ciento cincuenta y siete metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados, de los que corresponden cuarenta y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados en la planta de garaje, cincuenta y un metros con treinta y nueve decímetros cuadrados en la planta baja, cincuenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados en la planta alta; la superficie del espacio exterior es de catorce metros con veintiocho decímetros cuadrados, y linda: sur, con finca número seis; norte, con finca número ocho; este, la finca número nueve, y oeste, calle H del complejo. Cuota: 6,74 centésimas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Orotava al tomo 1.431, libro 468, folio 169, finca número 29.321.
II.- Las bases de la subasta son las siguientes:
1.- Carácter de la vivienda: la propiedad objeto del procedimiento tiene el carácter de vivienda habitual.
2.- Lugar y fecha de celebración: la subasta única se celebrará en mi Notaría, sita en La Orotava (Santa Cruz de Tenerife), en la avenida de Canarias, número 12, el día veinte de julio de dos mil quince a las once horas.
3.- Depósito: los licitadores deberán consignar previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al cinco por ciento del tipo de salida que se señala al final de este anuncio, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
4.- Documentación: La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en el local de la Notaría, de lunes a viernes, de 09:30 a 14:00 horas. Se entenderá que todo licitador, por el solo hecho de participar en la subasta, acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
5.- El valor de tasación fijado a estos efectos en la escritura de constitución de la hipoteca es el de doscientos sesenta y siete mil trescientos ochenta euros con veinticinco céntimos (267.380, 25 euros).
La Orotava, 18 de mayo de 2015.- La Notario, D.ª Pilar García Hernández.
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