Edicto
Dña. Carmen Dosuna Nieto, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de A Fonsagrada,
Hago saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, sobre acceso a la propiedad, al amparo de la Ley de Aparcerías y de Arrendamientos rústicos Históricos de Galicia y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC por el presente se emplaza a Herederos José María Couso Quintana, Leandro y José María Couso López, Herederos de Justina Ares Couso, Herederos de María Lucinda Ares Couso, María Leonor Ares Couso, Herederos Francisco María Couso Quintana, Herminio, Antonio, Querubina, Gimena, Hoetensio y Felix Couso Carballido, Herederos de Eugenio María Couso Quintana, personas desconocidas e inciertas que puedan ostentar derecho sobre los inmuebles objeto de litigio, situados en el Ayuntamiento de A Fonsagrada, Vilamaior do Trobo, "caserío de Felipe o Casa do Xastre", con sus fincas y todo lo que le es inherente.
Objeto de emplazamiento
Comparecer en el juicio indicado para contestar a la demanda.
Órgano judicial ante el que debe comparecer
En la sede de este órgano judicial.
Plazo para comparecer:
Veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de este emplazamiento.
Prevenciones legales:
1. Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía, no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la que ponga fin al procedimiento (artículos 496 y 497 de la LEC).
2. Deberá comparecer con Procurador que lo represente y Letrado que le defienda (artículos 23 y 31 de la LEC).
3. Deberá comunicar a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso (artículo 155.5 de la LEC).
A Fonsagrada, 16 de abril de 2015.- El/La Secretario/a judicial.
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