Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncio:
1º.- Que en el procedimiento número Incidente Concursal Común número 114/2005, dimanante del Concurso Necesario número 114/2005, en fecha 6 de julio de 2011, se ha dictado Sentencia, que es firme, en la que se acuerda la conclusión del concurso relativo al deudor Insersa XXI, Sociedad Anónima, con CIF: A-33094368,al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
2º.- Que se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción.
3º.- Que se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
4º.- Que la conclusión del concurso no obstará a su reapertura, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado susceptibles de ser liquidados.
5º.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Oviedo, 30 de marzo de 2015.- Secretaría del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo.
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