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Documento BOE-B-2015-20493

NOTARÍA DE DOÑA MARÍA ASUNCIÓN ZAFRA PALACIOS

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2015, páginas 28449 a 28449 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2015-20493

TEXTO

Yo, María Asunción Zafra Palacios, Notario de Guillena,

Hago saber: Como consecuencia del procedimiento de venta extrajudicial de bien hipotecado seguido en esta Notaría número 250/2014 de mi protocolo y transcurridos treinta días desde que tuvo lugar el requerimiento de pago y las notificaciones previstas en el artículo 236-f.1 del Reglamento Hipotecario, por medio de la presente se anuncia subasta pública notarial, comunicando lo siguiente:

1.º Finca objeto de la subasta. Urbana.- Casa sita en Villamanrique de la Condesa, en la calle Hermanas de la Cruz, número 9, de la superficie de 78 metros cuadrados, de los que tiene edificados 51 metros cuadrados, destinándose el resto a patio. Linda: derecha entrando, Eugenio Barrera Ponce, izquierdo, Juana Bedoya Cabello, y fondo, viuda de Jerónimo Herrera Ponce. Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad número dos de Sanlúcar La Mayor (Sevilla), al tomo 1.764, libro 79, folio 153, registral número 4.524, inscripción 2.ª Referencia catastral: 9152104QB3295S0001DF.

2.º Lugar de la celebración.- En la Notaría a mi cargo, sita en la calle Nuestra Señora de la Granada, 14, bajo, Guillena (Sevilla).

3.º Fecha de celebración. La subasta tendrá lugar a las 13 horas del día 28 de julio de 2015.

4.º Tipo de las subastas. El tipo que servirá de base para la subasta se fija en la suma de 68.000,00 €.

5.º Documentación. La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a y 236.b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la propia Notaría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

6.º Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

7.º Para el caso de que resultare infructuosa la notificación prevista en el artículo 236-d.1 del Reglamento Hipotecario a la persona a cuyo favor esté practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y, en su caso, al hipotecante no deudor, al fiador, al arrendatario de la finca hipotecada y a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 236-d.2 del Reglamento Hipotecario, sirva el presente para notificarles, de que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca, y del lugar, día y hora fijados para la celebración de aquella.

Guillena, 19 de junio de 2015.- Notario de Guillena.

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