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LUIS MIGUEL GONZALO CAPELLÍN, Secretario del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona,
Por el presente, hago saber, que en el concurso tramitado bajo el n.º 410/2012 - A, de la entidad mercantil COTER, S.L. DE CONSTRUCCIONES se ha dictado auto de fecha 17 de febrero de 2015, que es firme en el cual se acuerda la Conclusión del Concurso por insuficiencia de masa activa, su extinción y la cancelación de su inscripción registral, quedando el deudor responsable del pago de los créditos, debiendo de Inscribir la conclusión del concurso en el Registro correspondiente, librando mandamiento al efecto, haciendo constar que esta resolución es firme, así como publicar la misma en el BOE de forma gratuita en atención a insuficiencia de bienes de la concursada (Disposición Transitoria 2.ª del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica), y cesando a la Administración Concursal en el ejercicio de su cargo, una vez sea publicada la presente resolución, aprobando la rendición de cuentas presentada.
Barcelona, 18 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.
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