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Documento BOE-B-2015-21663

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2015, páginas 30051 a 30051 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-21663

TEXTO

Edicto

D. Andres Prada Horche, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 2 de Oviedo,

En este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario 0000167/2015, de la concursada M.F. Asesoría Alejo, S.L., con CIF: B-74023904, y domicilio en Edificio Pico Castillo Bajo, B, en plaza Parres Piñera, Posada de Llanes (Asturias), en los que se ha dictado Auto de declaración de concurso voluntario y conclusión del concurso con fecha 22 de junio 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sra. Álvarez en nombre y representación de M.F. Asesoría Alejo, S.L.

2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de M.F. Asesoría Alejo, S.L.

3. Se acuerda la conclusión del concurso de M.F. Asesoría Alejo, S.L. por insuficiencia de la masa activa.

4. Se acuerda la extinción de la mercantil M.F. Asesoría Alejo, S.L.

5. Anúnciese la declaración y la conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado, en el registro Concursal.

Los respectivos oficios se entregarán al Procurador para su diligenciamiento por vía de urgencia.

6. Se acuerda el libramiento de mandamiento por duplicado al Registro Mercantil con testimonio de la presente resolución, y que será diligenciado por el Procurador instante de éste expediente, para la cancelación de la inscripción de la concursada en el citado Registro.

7. Esta resolución tendrá efectos declaratorios de insolvencia de la deudora a los efectos de cualquier reclamación que pudiera interponerse en vía laboral.

Modo de Impugnación:

1. Contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo.

Lo acuerda y firma S. S.ª. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario Judicial.

En Oviedo, 22 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

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