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Documento BOE-B-2015-21916

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2015, páginas 30381 a 30381 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-21916

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo,

Edicto

En este órgano judicial se tramita Concurso Abreviado 0000016/2015 seguido a instancias de Mantenimientos Integrales del Levante, S.L., contra sobre en los que, por resolución de fecha se ha acordado.

En este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario 0000016/2015 de la concursada Mantenimientos Integrales del Levante, S.L., con CIF: B-33255928 y domicilio en Torrevieja, Alicante, avda. Desiderio Rodríguez, n.º 35, en los que se ha dictado Auto de declaración de concurso voluntario y conclusión del concurso con fecha 25 de mayo 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sr. Sánchez Avello en nombre y representación de Mantenimientos Integrales del Levante, S.L.

2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de Mantenimientos Integrales del Levante, S.L.

3. Se acuerda la conclusión del concurso de Mantenimientos Integrales del Levante, S.L., por insuficiencia de la masa activa.

4. Se acuerda la extinción de la mercantil Mantenimientos Integrales del Levante, S.L.

5. Se acuerda el libramiento de mandamiento por duplicado al Registro Mercantil con testimonio de la presente resolución, y que será diligenciado por el Procurador instante de este expediente, para la cancelación de la inscripción de la concursada en el citado Registro.

6. Esta resolución produce los efectos de insolvencia de la deudora a los efectos de las ejecuciones laborales que pudieran entablarse contra ésta.

Modo de impugnación:

1. Contra la Declaración de Concurso cabe, por interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo.

Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario judicial.

Oviedo, 3 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

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