Contido non dispoñible en galego
Edicto
D. Jorge González Rodríguez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber:
Primero: Que por Auto de fecha 22 de junio de 2015, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º 000496/2013, N.I.G. n.º 12040-66-2-2013-0000557, seguido en este Juzgado, se ha declarado la Conclusión del concurso de la deudora "Federación de Comercio y Artesanado de Vilareal", domiciliada en Plaza San Pascual, 19, Villarreal, y C.I.F. numero G12041414, y el archivo de las presentes actuaciones sin mas tramite al no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
Segundo: Se ha acordado el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, que quedara responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso de acreedores.
Tercero: Se ha acordado el cese en su cargo del administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas.
Cuarto: Se ha acordad la extinción de la mercantil debiendo procederse al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado, con inclusión de la presente resolución y carácter inmediato al no caber recurso contra el presente auto y ser por tanto firme, al Registro Mercantil que corresponda.
Quinto: Se ha acordado dar a dicho auto la publicidad que corresponda en los términos de los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.
Castellon, 22 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.
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