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Documento BOE-B-2015-23741

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 2015, páginas 33021 a 33021 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-23741

TEXTO

Edicto.

Don Fernando Santiso Vázquez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 0000099/2015 se ha dictado en fecha 20/02/2015 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Rótulos Letras, S.L., con CIF 15067101, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña.

2º.- La deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a Arribi, Bastida y Carro Abogados Economistas y Auditores, S.L.P.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Así mismo se ha dictado en fecha 8 de abril de 2015 Auto en el que se acepta la renuncia del Administrador Concursal Arribi, Bastida y Carro, S.L.P., y se designa nuevo administrador concursal de Rótulos Letras, S.L., con CIF B-15067101 a Torres Díaz Sanjurjo y Barral, S.L.P., con dirección en A Coruña, Federico Tapia, 7-9, 1.º Derecha, Fax 981121089 y correo electrónico señalado rotulosletras@tdsb.concursal.com se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán actuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, será de un mes desde la publicación del presente.

A Coruña, 26 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.

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