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Edicto
Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursaI 1001/2014/AR en el que se ha dictado con fecha 4 de diciembre de 2014 Auto declarando en estado de concurso a la entidad PLÁSTICOS MAPLA, S.L., con CIF B-58387655, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2014 – 8005533.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: PLÁSTICOS MAPLA, S.L., con domicilio en calle Badajoz, 11 (Barcelona).
Administrador concursal: PGM IURIS CONSULTING, S.L.P., con domicilio en calle Mallorca, 245, 6.º 2.ª, 08008 - Barcelona, tel. 93 487 65 45, fax 93 496 18 95, con correo electrónico concursal@pgmic.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 5 de enero de 2015.- El Secretario judicial.
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