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Documento BOE-B-2015-24849

NOTARÍA DE D. MIGUEL DE LARA PÉREZ.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 2015, páginas 34514 a 34515 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2015-24849

TEXTO

Miguel de Lara Pérez, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Córdoba y despacho abierto en calle Doce de Octubre 1, 3.º,

Hago saber: Que en mi notaría se sigue procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca, identificado en mi despacho como 01/2015, a instancia de Caixabank, S.A, al amparo de los artículos 129 de la Ley Hipotecaria y 234 y siguientes del Reglamento Hipotecario (RH), sobre la siguiente finca:

Urbana: Número dieciocho.- Vivienda en planta tercera con acceso por la escalera derecha frente, del Pasaje Escritor Pérez de Rivas, número tres, de esta ciudad. Superficie útil, 66,43 metros cuadrados y construida 79'84 metros cuadrados. Porcentaje en elementos comunes y gastos, 2,80%. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Córdoba, tomo 2.227, libro 1.112, folio 91, finca 6.753, 8.ª Referencia Catastral 4847313UG4944N0021RL.

En la tramitación del procedimiento, siendo el inmueble vivienda habitual, procede única subasta, que se celebrará con arreglo a las siguientes condiciones:

1.º - Lugar: En mi despacho citado.

2.º - Día: Quince de septiembre de dos mil quince.

3.º - Hora: Doce horas.

4. º- Tipo de la subasta: Trescientos un mil trescientos ochenta y nueve euros con sesenta y nueve céntimos de euro (301.389,69 euros).

5.º - La subasta se llevará a cabo conforme al artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, y en lo compatible con él por el artículo 236 del RH.

6.º - Puede consultarse en mi notaría en días laborables, de lunes a viernes de 10 a 13 horas, la documentación y certificación del registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del RH; entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada y que continuarán subsistentes las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta.

7.º - Quien pretenda licitar, salvo el acreedor, deberá constituir depósito previo, por el 5% del tipo de subasta, acreditando la constitución del mismo, mediante consignación en mi notaría de cheque conformado o bancario, o resguardo acreditativo de transferencia o ingreso en la cuenta 0237 6028 01 9156287701.

8.º - Hasta el momento de la subasta, podrán hacerse posturas por escrito bajo pliego cerrado acompañando el resguardo acreditativo del depósito previo.

9.º - Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente, o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

10.º - Si resultare infructuosa la comunicación por correo certificado al titular de la última inscripción de dominio, del día hora y lugar de celebración de la subasta, la publicación de este anuncio, en los Boletines Oficiales del Estado, de la Provincia y tablones de anuncios del ayuntamiento y registro de la propiedad competentes, servirá para suplir y tener por efectuada aquella.

Córdoba, 15 de julio de 2015.- El Notario.

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