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Documento BOE-B-2015-25371

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 2015, páginas 35268 a 35268 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-25371

TEXTO

Edicto

Dª. Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 341/2015 y NIG 06015 47 1 2015 0000387 se ha dictado en fecha 28/7/15 Auto de Declaración de concurso del deudor J2C Inversión y Patrimonio, S.L., con CIF B06586879, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Delgado Valencia, n.º 4, de Mérida.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a D. Miguel González Cuétara, con domicilio postal en planta primera Despacho 1.18 Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, Avda. de Elvas, s/n, 06006 Badajoz, y dirección electrónica concursoj2cinversion@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Badajoz, 28 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

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