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Documento BOE-B-2015-25534

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 2015, páginas 35482 a 35482 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-25534

TEXTO

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal 329/2015, seguido a instancias del Procurador Don FERNANDO DIAZ ZOMEÑO, en nombre y representación de PROMOCIONES VUENAPAY S.L., se ha dictado Auto el día 14 de Julio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de PROMOCIONES VUENAPAY S.L. con CIF nº B35610468, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administradora del concurso a Dña. RUTH RIERA ANTUNEZ, Abogada, la cual ha designado como domicilio postal el de Calle Chopín, Nº 22, CP 35005 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928209175, fax 928209142 y direccion electrónica concursovuenapay@rieraasesores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervencion.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 30 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

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