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Documento BOE-B-2015-25647

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2015, páginas 35640 a 35640 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-25647

TEXTO

Edicto

D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000230/2015, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Vicente Gutiérrez Álamo, en nombre y representación de Dso Imaginación, S.L., se ha dictado auto el día 17 de junio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Dso Imaginación, S.L. con CIF n.º B11787140, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designó como administrador concursal en auto de fecha 17 de junio de 2015 a Don Miguel Losada Terrón como Administrador del concurso y no habiendo aceptado el cargo se nombra por auto de fecha 14 de julio de 2015 a: D./Dña. Carlos Mauricio Bravo de Laguna Navarro DNI 42844271d, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de Viera y Clavijo, número 5, 4.º planta, Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35002, teléfono 928361766 y fax 928361923, así como dirección electrónica "carlos@mbrabogados.es".

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D./Dña. Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez, D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario/a Judicial.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 31 de julio de 2015.- Secretario Judicial.

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