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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasaia, en su sesión de 30 de junio de 2015, en ejercicio de la competencia otorgada por el Art. 98.2.b) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha acordado declarar la caducidad de la concesión otorgada a Mali Princ, S.L. para la ocupación de 493 m2. de terreno y 72 m2. en lámina de agua con destino a la instalación y explotación de una marina seca en el muelle Donibane, por impago durante un plazo superior a un año de las liquidaciones giradas con motivo de dicha concesión.
La declaración de caducidad, comporta la pérdida de las garantías constituidas en aplicación del apartado 3º de dicho artículo 98.
Pasaia, 24 de julio de 2015.- El Presidente, D. Ricardo Peña Quintela.
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