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Documento BOE-B-2015-27563

NOTARÍA DE DON MIGUEL ÁNGEL ATANCE POSADAS

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2015, páginas 38497 a 38498 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2015-27563

TEXTO

Yo, Miguel Ángel Atance Posadas, Notario del Ilustre Colegio Notarial de La Rioja, con residencia en Logroño,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Logroño (La Rioja), C/ Muro de Francisco de la Mata, nº 5, 2º, Tfno. 941260430, se tramita, a instancia de la entidad Caixabank, S.A., procedimiento de venta extrajudicial de vivienda habitual de la parte deudora, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, artículos 234 y siguientes del Reglamento Hipotecario y artículo 12 del Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos por tratarse de la vivienda habitual de los deudores, de la siguiente finca:

Número nueve.-La vivienda o piso tercero derecha, tipo A). Ocupa una superficie útil de sesenta y cinco metros y ochenta y seis decímetros cuadrados. Linda: Norte, con patio, fondo de la casa y resto de finca matriz; Sur, calle nueva sin nombre; Este, con el piso izquierda de la misma planta y escalera; y Oeste, finca de varios vecinos y medianial de la casa.

Cuota de participación en el inmueble: 10,50%.

Inscripción: Registro de la Propiedad nº 3 de Logroño, libro 1102, folio 144, finca 9654, inscripción 6.ª

Referencia Catastral: 6325903WN4062S0009FS.

Forma parte del edificio sito en Logroño (La Rioja), en la calle San Bernabé, señalado con el número 3, junto a la calle Rodancha y Camino Madre de Dios, en término de La Ribera. Ocupa una superficie en solar de 144,40 metros cuadrados.

Que procediendo la subasta de la finca, esta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1.- Procedimiento: Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto Ley 6/2012, al tratarse la finca de la vivienda habitual de los deudores.

2.- Lugar, día y hora: Se celebrará una única subasta, en mi Notaría, sita en Logroño (La Rioja), C/ Muro Francisco de la Mata, nº 5, 2º, el día 14 de octubre de dos mil quince, a las diez horas.

3.- Tipo de subasta: será el fijado en la escritura de Constitución de la hipoteca, que es la cantidad de ciento noventa y siete mil ochenta y nueve euros con nueve céntimos de euro (197.089,09 €).

4.- Documentación: la documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículo 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

5.- Consignaciones: Con excepción del acreedor, los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, una cantidad equivalente al treinta por ciento (30 %) del tipo establecido para la misma. La consignación para participar en la subasta sólo podrá realizarse mediante ingreso bancario, que se realizará en la cuenta bancaria que se les indicará en mi Notaría. Las condiciones generales de la subasta se entenderán aceptadas por el simple hecho de la consignación.

6.- Posturas por escrito: Hasta el momento de la subasta podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, acompañando el justificante del depósito previo.

7.- Adjudicación a calidad de ceder a tercero: sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente, ejecutante, del remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

8.- Comunicación: para el caso de que la comunicación al titular o titulares de la última inscripción de dominio señalando lugar y fecha de subasta resultase infructuosa o negativa, servirá la publicación del presente anuncio para suplir y tener por efectuada dicha comunicación.

9.- Advertencias: Será requisito inexcusable para comparecer a cualesquiera efectos en la Notaría, identificarse mediante Documento de Identidad original y en vigor. Cualquier representación que se alegue debe ser acreditada previamente en la Notaría mediante exhibición de la copia autorizada original de las escrituras de las que se deduzca tal representación.

Logroño, 8 de septiembre de 2015.- Jose Antonio Cerrato García de la Barrera, Notario del Ilustre Colegio Notarial de La Rioja, como sustituto por licencia ordinaria de mi compañero de residencia Don Miguel Ángel Atance Posadas.

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