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Documento BOE-B-2015-27809

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 17 de septiembre de 2015, páginas 38830 a 38830 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-27809

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento número 588/2015, NIG número 48.04.2-15/019662, por auto de 8/9/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Consultores Energéticos Independientes, S.L., con CIF B-48171409, con domicilio en plaza Landabaso, número 1, bajo, Bilbao.

La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

Tercero.- Que la administración concursal está integrada por D. Agustín Castro Alonso.

Domicilio postal: calle Autonomía, número 64 bis, 4.º, 48012 Bilbao (Bizkaia).

Dirección electrónica: energeticos@viaconcursal.com

Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (articulo 184.3 LC).

Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el artículo 23 LC y demás preceptos a que aquel se remiten se publicarán en la Sección 1.ª de Edictos concursales del Registro Público Concursal (artículo 23.1 LC y artículo 7 RD 892/2013).

Bilbao, 8 de septiembre de 2015.- La Secretario judicial.

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