Contido non dispoñible en galego
Edicto
D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,
Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado núm. 854/2012, se ha acordado mediante Auto de fecha 1 de septiembre de 2015 la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derecho del concurso voluntario abreviado de la mercantil Audio, Video & Lighting, S.L., provista de CIF núm. B-17.777.582, con domicilio sito en la calle Tarragona, número 74, Polígono Casanova, de la población de Aiguaviva (Girona) y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil, subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusión de concurso.
En cumplimiento del Real Decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 1 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.
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