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El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia: Que en el procedimiento número Incidente concursal. Otros (192 LC) 915/15, procedente del concurso 467/14, referente al concursado El Contenedor de Ideas, S.L.U., con número de C.I.F. B-91223321 y domicilio social en Calle Garcilaso de la Vega, 2, Dos Hermanas, por auto de 17/07/15 se ha acordado lo siguiente:
1. La conclusión del proceso concursal de El Contenedor de Ideas, S.L.U., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 467/14. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2. El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de 5 días.
3. La declaración de extinción de la sociedad El Contenedor de Ideas, S.L.U., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear, mantener o soportar reclamaciones o demandas judiciales en realización o pago de todo activo o pasivo subsistente.
A tales efectos y en particular respecto de ejecuciones singulares de acreedores, la inclusión de su crédito en la lista definitiva se equipara a una sentencia de condena firme, de conformidad con el art. 178.2 LC.
Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.
Sevilla, 8 de septiembre de 2015.- La Secretaria judicial.
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