El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia: Que en el procedimiento número 225/12, incidente concursal 1721/15, referente al deudor Daeco 2000, S.L., por Auto de fecha 2 de septiembre de 2015 se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de Daeco 2000, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 225/12. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Daeco 2000, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
4.-. Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos.
Sevilla, 3 de septiembre de 2015.- La Secretaria judicial.
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