En las diligencias preparatorias n.º 11/21/13, seguidas por el Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado auto cuya Parte Dispositiva dice así:
Se concede al reo Daniel Ballesteros Santos, el beneficio de la remisión condicional, dejando en suspenso por el plazo de dos años, la ejecución de la pena impuesta de tres meses y un día de prisión.
Por el Sr. Secretario Relator notifíquese este auto a las partes, observándose con respecto al reo lo dispuesto en el artículo 369 de aquella Ley Procesal Militar.
Y procédase luego a la ejecución de los demás pronunciamientos del fallo, dando cuenta de las incidencias que se presentaren y consultando su archivo.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a D. Daniel Ballesteros Santos, que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 21 de septiembre de 2015.- La Secretario Relator.
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