Doña ANA MARÍA LACALLE ESPALLARDO, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente,
Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número de Concurso 683/2008, se ha dictado en fecha 17-09-2015 Auto de Conclusión con el siguiente literal:
Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores LARIO ROJO HERMANOS, S.L.L., con CIF B-73194938 así como la extinción de su personalidad jurídica.
Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción el los oportunos Registros Públicos.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.
Murcia, 29 de septiembre de 2015.- La Secretaria judicial.
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