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Documento BOE-B-2015-32206

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 2015, páginas 44980 a 44980 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-32206

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1429/2015, con NIG 1808742M20150001623, por auto de 14/09/15 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Abaco Andaluza de Arte y Artesanía, S.L., CIF B-18509612, con domicilio en C/ San Diego, nº 31, Granada.

2º.- Se procede a la apertura de la fase de liquidacion a solicitud del deudor Abaco Andaluza de Arte y Artesanía, S.L., durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC..

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Imbica Legis, S.L., con CIF B-18982124, con domicilio postal C/ Gran Vía, nº 11, 1º planta, 18001 Granada y dirección electrónica: concurso.abaco@imbicalegis.es

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaracion del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 9 de octubre de 2015.- La Secretaria Judicial.

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