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Documento BOE-B-2015-32731

NOTARÍA DE DON JOSE MARÍA NAVARRETE VALLEJO

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2015, páginas 45723 a 45724 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2015-32731

TEXTO

Yo, JOSÉ MARÍA NAVARRETE VALLEJO, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Monóvar (Alicante),

Hago saber: Que en mi Notaría sita en calle Mayor, 103, bajo, en Monóvar (Alicante) se tramita venta extrajudicial, conforme el artículo 129 de la Ley Hipotecaria y concordantes de su Reglamento, a instancia de don PAULINO SANCHIZ MALLEBRERA, sobre la siguiente finca hipotecada:

Urbana: Casa sita en Monóvar, plaza de San Roque, número 4 de policía, compuesta de planta baja y planta alta; la planta baja tiene una superficie de sesenta y ocho metros cuadrados (68 m²), con sus correspondientes dependencias, y la planta alta tiene una superficie de sesenta y ocho metros cuadrados (68 m²), con sus correspondientes dependencias. Linda: derecha, Pascual Amat; izquierda, Juan Silvestre Picó, y fondo, Cristóbal Baus y Ramón Pina.

Inscripción.- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Monóvar al tomo 1432, libro 426, folio 64, finca 1420.

Referencia catastral.- 9167003XH8596N0001FE.

Las bases de la subasta son las siguientes:

Tendrá lugar una única subasta en mi Notaría sita en Monóvar (Alicante), calle Mayor, 103, bajo.

La subasta tendrá lugar el día dos de diciembre de 2015, a las 12:00 horas.

El tipo que servirá de base para la subasta se fija en la suma de cien mil euros (€ 100.000).

La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-A y 236-B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Los licitadores (excepto el acreedor) deberán consignar previamente a la subasta en la Notaría, mediante cheque bancario a nombre del Notario, una cantidad equivalente al 5 por ciento del tipo señalado. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Para el caso de que resultase infructuosa la notificación prevista en el artículo 236-d.1 del Reglamento Hipotecario a la persona a cuyo favor esté practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y, en su caso, al hipotecante no deudor, al fiador, al arrendatario de la finca hipotecada y a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 236-d.2 del Reglamento Hipotecario, sirva el presente para notificarles:

- Que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca.

- Del lugar, día y hora fijados para la celebración de aquella.

Monóvar, 23 de octubre de 2015.- Notario.

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