El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla,
Anuncia: Que en el procedimiento número Incidente concursal. Otros (192 LC) 1653/15, referente al concursado Picón Materiales Eléctricos Suministros Andaluces, S.L., concurso 564/09 y CIF B41127325, por auto de 14/10/15 se ha acordado lo siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso de Picón Materiales Eléctricos Suministros Andaluces, S.L.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la administración concursal designada.
6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.
7.- La extinción de la entidad Picón Materiales Eléctricos Suministros Andaluces, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior, así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.
Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.
Sevilla, 14 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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