Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.- Que en el procedimiento número 731/2015, por Auto dictado en fecha 2 de octubre de 2015, se ha declarado concurso voluntario a la mercantil INJOINET TECHNOLOGIES, S.L., con CIF B-86123668, y domicilio en calle Efigencia, número 17, 2.º 2, 28032 (Madrid).
2.- Que la mercantil INJOINET TECHNOLOGIES, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.
4.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso, sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 19 de octubre de 2015.- Letrada de la Administración de Justicia.
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