Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 767/2015, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad Union Pack, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 767/2015- Sección C5.
Número de identificación general del procedimiento: 08019-47-1-2015-8006685.
Entidad concursada: Union Pack, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal número B61769485.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del Auto de Declaración: 15 de septiembre de 2015, rectificado por Auto de fecha 18 de septiembre de 2015.
Administradores concursales: La sociedad Rodríguez & Sapena Concursalistas, Sociedad Limitada Profesional, que designa a don Emilio Sapena Parra (Economista), único, con correo electrónico unionpack@concursalistas.com y domicilio en plaza Tetuán, 23, cuarto segunda, 08009 - Barcelona (Barcelona), y número de teléfono 62 957 27 95.
Facultades del concursado: Intervenido.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 21 de septiembre de 2015.- El Secretario en sustitución.
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