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Documento BOE-B-2015-3398

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2015, páginas 4670 a 4671 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-3398

TEXTO

Doña ESTHER MÁRQUEZ MEJÍAS, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Ciudad Real, con competencia en materia mercantil, por el presente, anuncio:

1.º Que en la Sección Primera de los Autos de CONCURSO ABREVIADO VOLUNTARIO, seguidos en este órgano judicial con el n.º 306/2014 y NIG n.º 13034 41 1 2014 0016191, se ha dictado en fecha 30 de enero de 2015 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor don Gregorio Olivares Fernández, con DNI n.º 6122284Y y domicilio familiar y el de sus intereses principales en calle Convento, número 5, en la localidad de Campo de Criptana (Ciudad Real), acordándose la apertura de la fase común del concurso.

2.º Se ha designado, como Administrador concursal al Abogado en ejercicio don Vicente Martínez de Pablos, con domicilio postal en calle Alarcos, 15, 3.º izquierda, en Ciudad Real, y dirección electrónica despacho@martinezdepablosabogados.es, domicilios éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar, conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 Ley Concursal).

5.º Que el deudor, junto a la solicitud inicial de declaración de concurso voluntario, ha solicitado su liquidación aportando el correspondiente plan de liquidación por lo que, al propio tiempo, se ha aperturado la fase de liquidación del concurso, dándose traslado a los acreedores para que, en el plazo de diez días desde la publicación del presente edicto, puedan realizar alegaciones al plan de liquidación presentado por la concursada.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal), sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones públicas.

Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

7.º Como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación, la deudora ha sido suspendida en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituida por la Administración Concursal a tales efectos.

8.º Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Ciudad Real, 2 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.

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