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Documento BOE-B-2015-34164

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 2015, páginas 47664 a 47664 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-34164

TEXTO

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 153/2015, seguido a instancias del procurador don VICENTE GUTIÉRREZ ÁLAMO, en nombre y representación de don JOAQUÍN HERNÁNDEZ SUÁREZ, acumulado al presente Concurso Ordinario n.º 77/2015, seguido a instancias del Procurador don ADOLFO MARTÍN MORALES, en nombre y representación de FANEGA FOOD, S.L, se ha dictado Auto el día 26 de octubre de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de don JOAQUÍN HERNÁNDEZ SUÁREZ, con DNI n.º 43658815P, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se acuerda la acumulación del presente concurso al Concurso Ordinario seguido en este Juzgado bajo el n.º 77/2015, a instancia de la mercantil FANEGA FOOD, S.L. Continuándose las actuaciones en el estado procesal en que se encuentran y por todos los trámites legales correspondientes en un solo procedimiento, esto es el Concurso Ordinario n.º 77/2015.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se nombra como Administrador del concurso a Vidal y Verano Abogados, S.C.P,, que en particular designa a su representante don Eugenio Vidal Rivera, abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Triana, n,º 103, 1,º derecha, CP 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928227375, fax 928225129, así como Dirección electrónica concursojhernandez@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda, intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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