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Documento BOE-B-2015-34904

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2015, páginas 48613 a 48613 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-34904

TEXTO

Edicto

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 0000197/2011 de la sociedad PROMOCIONES URBANAS Y RÚSTICAS P.F. DE CARAVACA, S.L., y que se ha dictado el día 09/09/15 auto de conclusión.

La referida resolución dice literalmente, en su parte dispositiva, lo siguiente:

"Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de la mercantil PROMOCIONES URBANAS Y RÚSTICAS P.F. DE CARAVACA, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, así como su extinción como personalidad juridica.

2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución expidiendo los despachos revistos en los art. 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Publicos.

3.- Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

4.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

5.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.

Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe."

Murcia, 5 de noviembre de 2015.- Secretaria Judicial.

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