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Documento BOE-B-2015-35411

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 2015, páginas 49273 a 49273 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-35411

TEXTO

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los Autos seguidos en este Juzgado con el número 251/15 (NIG 33044 47 1 2015 0000501) el señor Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 7 de octubre de 2015, Auto que no es firme, declarando en concurso necesario abreviado al deudor Dielectro Asturias, S.A., con CIF: A-33003815, y con domicilio en calle Fernando de Rojas, número 9, Oviedo.

2.º En dicho procedimiento se ha nombrado como Administrador concursal al Letrado don Francisco Javier López-Urrutia, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el domicilio sito en calle Valentín Masip, número 17, 1.º E, 33013 - Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: dielectro@grupovd.com pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el "BOE", y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha suspendido el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por el Administrador concursal.

Oviedo, 16 de octubre de 2015.- La Secretaria judicial.

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