Visto un error material y aritmético en la redacción del anuncio de licitación del expediente 301/2015, relativo al suministro de material para la realización de diversas técnicas analíticas (bioquímica general y otras) en el laboratorio del Hospital de Alcoi, publicado en el BOE núm 248, de fecha 16/10/2015.
De acuerdo con el artículo 105, punto 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, donde se indica que "Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos", se procede a rectificar los términos siguientes:
Donde dice:
Apartado 7. Requisitos específicos del contratista:
a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría): Grupo C, categoría d.
Debe decir:
Apartado 7. Requisitos específicos del contratista:
a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría): no.
Dado que se trata de un error patente, puesto que bajo ningún concepto se puede exigir clasificación en un contrato de suministro y, además, la clasificación no concierne a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, esta corrección no altera el plazo de presentación de las ofertas.
Valencia, 16 de noviembre de 2015.- El Director General de Recursos Humanos y Económicos, Justo Herrera Gómez.
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