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Documento BOE-B-2015-36664

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 7 de diciembre de 2015, páginas 50939 a 50939 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-36664

TEXTO

Don/Doña Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos con N.I.G. 08019 - 47 - 1 - 2015 - 8008969 y n.º 896/2015B se ha acordado por auto de fecha 16 de noviembre de 2015 la declaración y la conclusión del concurso voluntario por insuficiencia de masa activa de la mercantil Sati Arredo Italia, S.R.L. con número de identificación fiscal italiano 01634411209 siendo su parte dispositiva del tenor literal siguiente:

"Parte dispositiva

Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso voluntario a Santi Arredo Italia, S.R.L. y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona.

Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Barcelona, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE (art. 176 bis apart. 4 LC).

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe."

Barcelona, 17 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Admón. de Justicia.

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