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Documento BOE-B-2015-37228

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 2015, páginas 51699 a 51699 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-37228

TEXTO

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Secretario del Juzgado mercantil n.º 1 de Barcelona,

Hago saber:

Por el presente que en el Concurso Voluntario tramitado bajo el n.º 560/2014-D de la entidad mercantil MONTAJES MANTENIMIENTO Y AHORRO ENERGÉTICO, S.L., se ha dictado AUTO de rectificación en fecha 19-03-2015 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Estimo la petición formulada por la Administración Concursal de MONTAJES MANTENIMIENTO Y AHORRO ENERGÉTICO, S.L., de aclarar el Auto n.º 49/2015, dictado en el presente procedimiento con fecha 17 de febrero de 2015, en el sentido de que el quinto párrafo de su parte dispositiva queda definitivamente redactado de la siguiente forma:

" ACUERDO:

(...)

5. Cesar a la Administración Concursal en el ejercicio de su cargo, una vez firme esta resolución, aprobando la rendición de cuentas presentada."

Incorpórese esta resolución al libro de Autos y llévese testimonio a los autos principales.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificada (art.214.4 LEC y 267.8 LOPJ).

Los plazos para estos recursos, si fueran procedentes se han interrumpido desde que se ha hecho la solicitud y continúan su cómputo desde el día siguiente a la notificación de esta resolución (art. 215.5 LEC y 267.9 LOPJ).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Barcelona, 16 de julio de 2015.- Magistrada-Juez y el Secretario judicial.

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