De acuerdo con lo que dispone el artículo 24.4 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, se publica la Resolución de fecha 13 de octubre de 2015, dictada por el Consejero de Empresa y Empleo, mediante la cual se declara la condición de minero-medicinal y termal del agua de la captación Can Monclús.
La citada Resolución establece en su parte dispositiva:
"Primero.-Declarar la condición de minero-medicinal y termal del agua de la captación Can Monclús, en el término municipal de Sant Esteve de Palautordera; captación determinada por las siguientes coordenadas UTM ETRS89 (sector 31T): X=452.730,628 Y=4.616.870,540.
Segundo.-Declarar la utilidad pública de las aguas interesadas de acuerdo con lo que establece el artículo 39.3 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Tercero.-Ordenar la notificación de esta resolución a los interesados y su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con lo que establecen los artículos 24 de la Ley de Minas y 39 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Cuarto.-Otorgar a la sociedad Sifilsa, S.A., el plazo de un año, a contar desde la fecha de notificación de la resolución de declaración, para que pueda ejercer el derecho preferente a solicitar su aprovechamiento, en la forma y condiciones reguladas por la Ley de Minas y su Reglamento.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa".
Barcelona, 23 de octubre de 2015.- El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Pere Palacín i Farré.
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