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Documento BOE-B-2015-37330

SALA DE LO SOCIAL

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2015, páginas 51831 a 51832 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL SUPREMO
Referencia:
BOE-B-2015-37330

TEXTO

Edicto

D. Santiago Rivera Jiménez, Letrado de la Administracion de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo,

Hace saber: Que en las actuaciones del RCUD nº 3801/14 seguidas ante esta Sala de lo Social del Tribunal Supremo promovido por Dª Elda Campos Eguez, contra el Servicio de Empleo Público, frente a la Sentencia de 8 de septiembre de 2014 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sección sexta, se ha dictado resolución de 20 de noviembre, del tenor literal siguiente:

"Decreto

Letrado/a de la Administración de Justicia

Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez

En Madrid, a veinte de Noviembre de dos mil quince.

Hechos

Primero.- El presente recurso de casación para unificación de doctrina fue iniciado a instancia de la recurrente Dª. Elda Campos Eguez por el Letrado Sr. Balboa Usabiaga quien presentó escrito de formalización ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 15.10.14, iniciándose la tramitación ante esta Sala el 14 de enero de 2015.

Segundo.- El 7.4.15 se dictó providencia de inadmisión del recurso que se notificó al Letrado de la parte recurrente en fecha 4.5.15.

Tercero.- Con fecha 5.5.15 el Letrado Sr. Balboa Usabiaga presentó escrito pasando a la situación de Abogado no ejerciente. Por Diligencia de Ordenación 12.5.15 se acordó conceder el plazo de tres días a Dª. Elda Campos Eguez para que designara Letrado a su costa para su defensa bajo el apercibimiento de poner fin al procedimiento. Dicha resolución fue notificada a la recurrente a través del Boletín Oficial del Estado, al haber sido negativas las efectuadas por correo y haber resultado infructuoso la averiguación de domicilio.

Razonamientos Jurídicos

Primero.- No habiéndose designado por la recurrente Dª. Elda Campos Eguez Letrado para la defensa de su pretensión al ser preceptivo la intervención de dicho profesional en la formulación de recurso de casación para unificación de doctrina, procede poner fin al presente procedimiento.

Dispongo: Poner fin al trámite del recurso de casación para unificación de doctrina formulado por la recurrente Dª. Elda Campos Eguez contra la sentencia de fecha 8 de septiembre de 2014 dictada por la Sala de lo Social del TSJ de Madrid, sección 6ª, en el recurso de suplicación 180/14.

Notifíquese la presente resolución a la interesada a través del Boletín Oficial del Estado.

Devuélvanse las actuaciones de instancia al órgano del que proceden con testimonio de esta resolución y despacho.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición, ante la Secretaria, en el plazo de cinco días, que no tendrá efectos suspensivos respecto a lo acordado.

Así lo acuerdo y firmo."

Y para que sirva de notificación a D.ª Elda Campos Eguez, hoy en paradero desconocido, expido el presente.

Madrid, 20 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia, Santiago Rivera Jiménez.

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