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Documento BOE-B-2015-37611

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2015, páginas 52192 a 52192 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-37611

TEXTO

Edicto

D.ª Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Madrid, anuncia:

1.- Que en el concurso número de autos 144/2015, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 4035952/2015, por auto de 17 de marzo de 2015, se declaró y concluyó el concurso, habiendo sido revocado por auto de la Sección 28 de la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid de fecha 19 de octubre de 2015 el pronunciamiento relativo a la conclusión, ordenando su continuación, habiéndose dictado auto por este Juzgado de fecha 18 de noviembre de 2015 por el que se acuerda continuar la tramitación del concurso por el procedimiento abreviado, de RETAILING AND PURCHAISING, S.L., con CIF B-83311670, y domiciliada en c/ Juan Bravo, n.º 66, 3.º, de Madrid.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es el Abogado D. Félix Pastor Alonso, con domicilio postal en c/ Mártires Concepcionistas, n.º 18, 3.º derecha, 28006 de Madrid, y dirección electrónica fpastor@3by3.es ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

Madrid, 18 de noviembre de 2015.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

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