D./Dña. Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, hago saber:
Que este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 992/2014 habiéndose dictado en fecha 9 de diciembre de 2014 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Se declara en estado de Concurso Voluntario a la mercantil Rosetta Binary Games, S.L., se ha presentado solicitud de declaración de concurso voluntario de la citada entidad, con domicilio en Valencia, calle Font de Carrós, n.º 6-15.ª y C.I.F. número B-98430333, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 9.456, libro 6.738, folio 141, hoja V-148.039.
Asimismo, se declara la conclusión por insuficiencia de la Masa Activa.
Se declara la disolución de la sociedad y el cierre o cancelación de la hoja registral y asimismo su extinción.
Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán, gratuitamente, en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado. A cuyos efectos se entregarán al Procurador de los Tribunales de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Póngase en conocimiento de dicho Procurador que, en plazo de diez días a contar desde la publicación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE los oportunos edictos.
Expídase por la Sra. Secretario Judicial, mandamiento por duplicado ejemplar, al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración de concurso y de la conclusión, así como de la disolución de la sociedad y su extinción. Debiéndose proceder también al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.
Fórmese la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.
Notifíquese la presente resolución al deudor, a la EAT y a la TGSS.
Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días y para la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.
Valencia, 9 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
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