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Documento BOE-B-2015-38351

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 24 de diciembre de 2015, páginas 53152 a 53153 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-38351

TEXTO

VD/ña. José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este juzgado con el número 938/2015-M se ha declarado, mediante auto de fecha 18/11/2015, el concurso voluntario de Stoppers Service 2011, S.L., con C.I.F.-B-65686883, con domicilio social en la localidad de Molins de Rei (Barcelona 08750) en la calle Del Pla, 49-51, nave-4, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 42.912, folio 51, sección 8, hoja 418.619, inscripción 1.ª, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Manuel Ramón López Domech lo que acredita exhibiendo el D.N.I. núm. 24284382Q, en calidad de Abogado, con domicilio en Barcelona (08008) calle Rbla. de Catalunya, n.º 98, 1.º (dirección electrónica (mrlopezdomech@icab.es) y número de teléfono 934.871.144) por medio de escrito que se presentara, personalmente, por via postal en el domicilio del administrador concursal, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. De deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tiene derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgado Mercantiles.

Asimismo, se hace saber, que los autos que se siguen en este Juzgado con el número 938/2015-M, por auto de fecha 4/12/2015 se ha declarado finalización de la fase común del presente procedimiento concursal, abriéndose la fase de liquidación.

Durante la fase de liquidación quedaran en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Se declara disuelta la sociedad Stoppers Service 2011, S.L. y se ordena que cesen en el ejercicio de sus cargos sus administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicaran en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 4 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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