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Documento BOE-B-2015-38366

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 24 de diciembre de 2015, páginas 53168 a 53168 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-38366

TEXTO

Edicto

Doña María Dolores Sánchez Franco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid,

Anuncia: En este Juzgado se siguen autos de procedimiento concurso necesario ordinario entre MENEXPRES, S.A., y la concursada PARQUE PÓRTICO, S.L., con CIF B-82474271, con n.º 361/2010, en cuyos autos con fecha 14.12.2015 se ha dictado Auto de conclusión por fin de liquidación cuya parte dispositiva es del tenor literal:

1.- Declarar la conclusión del presente concurso del deudor PARQUE PÓRTICO, S.L., por fin de la fase de liquidación.

2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Quedar el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

4.- Se acuerda la extinción de PARQUE PÓRTICO, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción registral. Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, para que proceda a la inscripción de la conclusión del concurso, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

5.- El cese en su cargo de la administración concursada en su día nombrada.

Dése cumplimiento a lo previsto en el art. 181 de LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado.

Dése cumplimiento al art. 177.3 LC; la resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1 LC.

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Madrid, 14 de diciembre de 2015.- Letrada de la Administración de Justicia.

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