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Documento BOE-B-2015-38685

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 2015, páginas 53561 a 53561 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-38685

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia: Que en el procedimiento número Incidente concursal. Otros (192 LC) 533/15 procedente del concurso 224/12 referente al concursado Grupo Arance, integrado por las entidades Arance Servicios Generales, S.L., Arance Córdoba, S.L., Arance Badajoz, S.L., Arance Madrid, S.L., Arance Jaén, S.L., Arance Sevilla, S.L., Arance Huelva, S.L., Arance Cádiz, S.L., y Arance Málaga, S.L.; en relación a la entidad Arance Sevilla, S.L., con número de CIF B-41144445, por auto de 01/12/15 se ha acordado lo siguiente:

1.- La conclusión del proceso concursal referente a la entidad Arance Servicios Generales, S.L. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2.- El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.

3.- La declaración de extinción de la sociedad Arance Servicios Generales, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear, mantener o soportar reclamaciones o demandas judiciales en realización o pago de todo activo o pasivo subsistente.

A tales efectos y en particular respecto de ejecuciones singulares de acreedores, la inclusión de su crédito en la lista definitiva se equipara a una sentencia de condena firme, de conformidad con el art. 178.2 LC.

Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.

Sevilla, 10 de diciembre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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