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Documento BOE-B-2015-38975

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 2015, páginas 53985 a 53985 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-38975

TEXTO

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche,

Por el presente hago saber: Que por auto de fecha tres de diciembre de dos mil quince en el procedimiento con número de autos 000318/2015 y NIG 03065-66-2-2015-0000298, se ha declarado en Concurso Abreviado Necesario al deudor CALZADOS TORAL, S.L., con domicilio en avenida de Novelda, n.º 163, de Elche y CIF n.º B03587490, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1.227, folio 4, hoja A-3.223, inscripción 1.ª, representada por el Procurador Sr. Francisco García Mora.

Facultades del concursado: Suspendidas.

Administrador concursal: Que ha sido nombrado Juan Carlos Pareja Roca, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Elche con domicilio postal para notificaciones: Passeig del Monjo, n.º 1, de Elche (03203); dirección de correo electrónico para notificaciones y comunicaciones de crédito: jc-pareja@ortega-pareja.com y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal: jc-pareja@ortega-pareja.com.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 17 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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