El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente,
Hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil SICART POLO, S.L. (CIF B-43.052.398), seguidos en este Juzgado con el n.º 7/2011, se ha dictado en fecha Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de SICART POLO, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 7/2011 a instancias de SICART POLO, S.L., y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.
Se declara la extinción de la mercantil SICART POLO (CIF n.º B-43.052.398) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.
Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.
Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.
Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal, así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado a la Procuradora de la solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.
A los mismos efectos, líbrense mandamientos al Registro de la Propiedad n.º 1 de Tarragona y al Registro de la Propiedad n.º 3 de Reus, donde constan bienes inmuebles inscritos de la concursada, que igualmente serán entregados a la Procuradora de la concursada para que cuide de su diligenciado.
Del mismo modo, líbrese mandamiento al Registro Público concursal.
Y asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona.
Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona. Doy fe".
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.
Tarragona, 2 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.
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