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Documento BOE-B-2015-4969

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2015, páginas 6837 a 6837 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-4969

TEXTO

Edicto

El Secretario judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 936/2014 se ha declarado, mediante auto de fecha 1-12-2014, el concurso voluntario de EUROSTUC, S.L., con domicilio en Camí del Mig, s/n, Polígono Industrial de Vilassar de Mar (Barcelona), con CIF B-615897784, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al folio 119, tomo 30.483, hoja n.º B-171575, inscripción 1.ª, al tiempo que su conclusión por falta de masa activa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 bis 4 de la Ley Concursal, y que en su parte dispositiva literalmente dice así:

Parte dispositiva:

Que debía acordar y acordaba declarar en estado de concurso voluntario a la entidad EUROSTUC, S.L., con domicilio en Camí del Mig, s/n, Polígono Industrial de Vilassar de Mar (Barcelona), con CIF B-61589784 e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al folio 119, tomo 30.483, hoja n.º B-171575, inscripción 1.ª, y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona.

Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el referido Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos expedidos para que cuide de su curso u gestión, concediéndose un plazo de diez días para que se acredite la publicación de los edictos y la presentación de mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Concursal 38/2011, 10 de octubre, la sección primera, que se encabezará con la solicitud y testimonio de la presente resolución.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, previa consignación de la suma de 50,00 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado abierta al número 0990 0000 52 0936-14.

Así lo acuerda, manda y firma don Francisco Javier Fernández Álvarez Magistrado del Juzgado de lo Mercantil núm. 6 de Barcelona, de lo que doy fe.

Barcelona, 1 de diciembre de 2014.- El Secretario judicial.

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