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Documento BOE-B-2015-6188

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2015, páginas 8488 a 8488 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-6188

TEXTO

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 2/2015, seguido a instancias de la Procuradora doña María Enma Crespo Ferrándiz, en nombre y representación de Yaizaro, S.L., se ha dictado Auto el día 26 de enero de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Yaizaro, S.L., con CIF n.º B84326966, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

Se designa como Administrador del concurso a don Enrique López Curbelo, abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Canalejas n.º 7, 1.º C, C.P. 35003 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono: 928367677/928367877, Fax: 928371979, así como dirección electrónica elc@lopezsocas.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.

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